sábado, 27 de abril de 2013



“Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad”                                   Ley 124 de 1994

“El exceso de alcohol es perjudicial para la salud”                                                                            Ley 30 de 1986.

Ambas son leyendas obligatorias que deben declararse de forma clara en toda bebida alcohólica nacional o importada en Colombia... 

¿y?


El alcohol es la sustancia psicoactiva más comúnmente utilizada. Sin importar que su consumo aumenta los riesgos de salud, causa daño físico y su efecto desinhibitorio incrementa los actos agresivos y delictivos, influyendo en el comportamiento sexual, genera menor productividad económica a futuro y trae consecuencias negativas a nivel psicológico y social, entre otras más cosas.
(Extraído de: Cicua, D., Méndez, M., Muñoz, L. (2008). Factores en el consumo de alcohol en adolescentes. Pg. 115-134.)









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